LA ROMANA. La regidora del municipio de Villa Hermosa, Rafaela López Rondón, informó a la opinión pública que la controversia relacionada con sus funciones como regidora y directora distrital del Ministerio de Educación (MINERD) se encuentra actualmente sometida al conocimiento del Tribunal Superior Administrativo (TSA).
López Rondón, quien forma parte de la Carrera Docente desde 1986, explicó que la situación jurídica surgió a raíz del Oficio núm. 000880, de fecha 9 de marzo de 2026, emitido por el Ministerio de Administración Pública (MAP).
Según explicó, mediante ese documento se calificaron como incompatibles sus funciones de regidora y directora distrital.
Recurso ante el Tribunal Superior Administrativo
Frente a la decisión administrativa, Rafaela López Rondón interpuso un Recurso Contencioso Administrativo en Nulidad, acompañado de una solicitud de inconstitucionalidad por vía de excepción.
De acuerdo con su posición, el proceso principal permanece pendiente de decisión ante el Tribunal Superior Administrativo.
La regidora fundamenta su posición jurídica, entre otras disposiciones, en el artículo 144 de la Constitución de la República Dominicana, el artículo 133, literal c), de la Ley Orgánica de Educación núm. 66-97, y el artículo 80, numeral 5, de la Ley núm. 41-08 sobre Función Pública.
Según expone, estas disposiciones son relevantes para determinar el alcance de la situación planteada, incluyendo las excepciones aplicables a labores docentes.
Ejerce como regidora sin remuneración
Mientras el TSA conoce el proceso, López Rondón aseguró que ha adoptado una posición de respeto y prudencia frente al ordenamiento jurídico.
Explicó que, tan pronto tuvo conocimiento de la resolución y de la controversia, procedió voluntariamente a desempeñar su función como regidora de manera honorífica, absteniéndose de percibir la remuneración correspondiente al cargo.
La medida, según su posición, se mantendrá mientras el Tribunal Superior Administrativo emite una decisión definitiva sobre la situación jurídica.
López Rondón sostuvo que esta actuación busca observar las disposiciones establecidas en el artículo 80, numeral 5, de la Ley núm. 41-08, mientras se determina judicialmente el alcance y la aplicabilidad de las normas constitucionales, educativas y administrativas invocadas.
Posición frente a la decisión de amparo
Sobre la reciente decisión emitida en materia de amparo por el tribunal civil de La Romana, la regidora plantea que esa jurisdicción fue apoderada de una acción relacionada con la actuación del Concejo de Regidores.
A su entender, esto no necesariamente implica que se haya agotado el conocimiento del proceso principal que actualmente cursa ante el Tribunal Superior Administrativo.
Por esta razón, su posición es que, hasta que el TSA se pronuncie definitivamente sobre el fondo de la controversia y la legalidad del acto administrativo impugnado, el Concejo de Regidores debe actuar con prudencia.
Asimismo, considera que el Concejo debería abstenerse de adoptar una posición definitiva sobre una cuestión que permanece pendiente ante la jurisdicción que, según su planteamiento, debe resolver el fondo del caso.
Reafirma su confianza en la justicia
Rafaela López Rondón reafirmó su respeto por la Constitución, las leyes y las instituciones de la República Dominicana, así como su confianza en la justicia.
La regidora indicó que continuará defendiendo sus derechos por las vías legales correspondientes hasta que el Tribunal Superior Administrativo emita una decisión definitiva sobre el fondo de la controversia.
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